Caravana de la Muerte Valdivia: Corte suprema ratifica condena por crímenes de lesa humanidad

El viernes 16 de junio de 2023, la Corte Suprema condenó a cuatro militares en retiro por su responsabilidad en los delitos consumados de homicidio calificado de 12 trabajadores del COFOMAP, en su mayoría militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionario.

Este fallo es histórico ya que el caso Caravana de la Muerte es un caso emblemático de graves violaciones a los derechos humanos en los albores de la dictadura; pero por sobretodo, porque se sentencia a la mano de derecha del dictador Augusto Pinochet y ex vicecomandante del Ejército , Santiago Sinclair Oyaneder.

Retumbarán como ecos infinitos los acordes y voces entonando La internacional, el himno de los trabajadores; en medio de la Cárcel Isla Teja, los días 3 y 4 de octubre de 1973, cuando la Caravana de la Muerte pasó por la Provincia de Valdivia.

En los recuerdos de Yolanda Ávila, compañera de José Gregorio Liendo y de Ida Sepúlveda, compañera de Rudemir Saavedra; esos ecos resuenan en lo profundo de sus corazones, destellando e iluminando todo espacio con verdad, con justicia y con una paciencia infinita para develar el manto de impunidad por el fusilaminiento sobre 12 compañeros que habían participado en la emancipación de las trabajadoras y los trabajadores forestales, campesinos y mapuche de las cordilleras valdivianas del yugo de los patrones latifundistas; que además habían participado en la creación de un Complejo Forestal y Maderero bajo el Gobierno de la Unidad Popular del presidente democráticamente elegido Salvador Allende, para que ellos y otras tres mil quinientas familias pudieran ser libres y vivir dignamente, fruto de su trabajo mancomunado y de una administración obrera de 22 fundos en un total de 420 mil hectáreas. Ellas habían presentado una querella en 1998 y 25 años más tarde, a 49 años de los asesinatos; la justicia dicta sentencia acabando con esta larga noche de impunidad.

La vida era dura en el sur, pero era más dura si trabajabas como obrero forestal en medio de la selva valdiviana para los patrones; que desde 1940 habían iniciado la explotación del oro verde en la zona. Con una administración y control en todos los aspectos de la vida y bajo un régimen casi idéntico al de las salitreras; los trabajadores forestales y campesinos no veían dinero y sus condiciones de vida no eran dignas. En medio del auge de las luchas sociales a finales de la década del 60 e inicios de los 70; tuvieron la posibilidad gracias a la solidaridad y el trabajo mancomunado de escribir en las páginas de la historia, la primera frase de cómo debiéramos vivir los seres humanos en la tierra y que empezaba con las palabras solidaridad, libertad y dignidad.

La segunda sala de la Corte Suprema condenó a Santiago Sinclair Oyaneder y Juan Chiminelli Fullerton a las penas de cumplimiento efectivo de 18 años de presidio, en calidad de autores de los delitos consumados de homicidio calificado de Gregorio José Liendo Vera, Rudemir Saavedra Bahamondez, Víctor Eugenio Rudolph Reyes, Víctor Segundo Valeriano Saavedra Muñoz, Santiago Segundo García Morales, Luis Mario Valenzuela Ferrada, Sergio Jaime Bravo Aguilera, Luis Hernán Pezo Jara, Víctor Fernando Krauss Iturra, Pedro Purísimo Barría Ordóñez, Enrique del Carmen Guzmán Soto y José René Barrientos Warner. Ilícitos perpetrados en octubre de 1973, en la ciudad de Valdivia, en el caso denominado: Caravana de la Muerte. Episodio Valdivia.

En fallo unánime (causa rol 122.163-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrado por los ministros Haroldo Brito, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier y el abogado (i) Ricardo Abuauad– revocó la sentencia impugnada y condenó a Santiago Arturo Ariel de Jesús Sinclair Oyaneder a la pena de cumplimiento efectivo 18 años de presidio, en calidad de autor de los delitos. En tanto, la confirmó en la parte que condenó al acusado Juan Viterbo Chiminelli Fullerton, con declaración que deberá purgar 18 años de reclusión, como coautor.

En el caso del acusado Pedro Octavio Espinoza Bravo deberá cumplir 10 años de presidio, como autor; y Emilio Robert de la Mahotiere González, 5 años y un día de presidio, como encubridor.

El máximo tribunal estableció error de derecho en la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al acoger en la especie la media prescripción, ya que se trata de crímenes de lesa humanidad.

En la sentencia de primera instancia se establecieron los siguientes hechos

a) En la madrugada del día 12 de septiembre del año 1973, un grupo de personas, todas ellas residentes en la localidad de Neltume, entre las que se encontraba José Liendo Vera, concurrieron hasta las cercanías del frontis del retén de Carabineros existente en el lugar, llegando a una distancia aproximada de 30 metros, y comenzaron a dar voces, incitándolos a que se unieran para oponer resistencia al golpe de Estado del día anterior. Por unos minutos se produjo una balacera entre ambos grupos, luego de lo cual los primeros se retiraron del lugar.
Cabe consignar que el hecho así fijado surge fundamentalmente de los testimonios prestados por los cuatro funcionarios policiales que se encontraban en el lugar, entre ellos el jefe del recinto Benito Carrasco, quien sostuvo que ‘todo fue solo un intento’ el que ‘después se mal utilizó’, encontrándose como evidencias una botella sin restos de elementos explosivos, sin que se pudiera determinar las armas de fuego empleadas, en cuanto a su número y características.
b) En los días siguientes, una patrulla militar detuvo a cuatro personas en el sector de Liquiñe, presuntamente participantes en los hechos, entre los cuales se encontraban Gregorio José Liendo y Pedro Purísimo Barría, un tercer detenido cuya identidad se desconoce y la cónyuge de Liendo, que se encontraba embarazada, todos vinculados al grupo político Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).
c) Estas cuatro personas fueron conducidas hasta la ciudad de Valdivia y permanecieron privados de libertad en la Cárcel Pública de Isla Teja. Gregorio José Liendo Vera y Pedro Purísimo Barría Ordóñez, estuvieron detenidos en este recinto, el primero hasta el día 3 de octubre, en que fue fusilado en el polígono del recinto militar Llancahue, en tanto que el segundo, lo estuvo hasta el día siguiente, en que fue muerto en las mismas condiciones.
d) El día 4 de octubre, junto con Pedro Barría Ordóñez, fueron fusiladas otras diez personas, a quienes se atribuyó participación de autores en los hechos ocurridos en el Retén de Neltume, al que se ha hecho referencia: Rudemir Saavedra Bahamondez, Víctor Eugenio Rudolph Reyes, Víctor Segundo Valeriano Saavedra Muñoz, Santiago Segundo García Morales, Luis Mario Valenzuela Ferrada, Sergio Jaime Bravo Aguilera, Luis Hernán Pezo Jara, Víctor Fernando Krauss Iturra, Enrique del Carmen Guzmán Soto y José René Barrientos Warner.
e) Los fusilamientos comenzaron a ocurrir el día 3 de octubre, mismo día en que arribó a la ciudad una comitiva que encabezaba Sergio Arellano Starck y que la conformaban entre otros, Pedro Espinoza, Juan Chiminelli y Emilio de la Matohiere, los que tomaron conocimiento de los hechos y los dos participaron de los preparativos y en la ejecución de los fusilamientos, como asimismo también otro personal militar que cumplía funciones en la ciudad”.

Fallo histórico contra la Impunidad biológica: La trayectoria represiva

Según Resumen.cl otros cuatro ex oficiales de Ejército directamente implicados en estos crímenes, murieron en el curso del proceso; estos fallecidos son Carlos José Leonardo López Tapia, Hugo Alberto Guerra Jorquera (ambos condenados en primera instancia a 12 años de presidio), Antonio Alberto Palomo Contreras y Guillermo Juan Carlos Michelsen Délano. A esta situación hay que sumar el fallecimiento de Sergio Arellano Stark, general delegado del Jefe de la Junta Militar y comandante del Ejército, Augusto Pinochet Ugarte y que comandaba la Caravana de la Muerte; una operación militar que se desarrolló en diferentes ciudades del país y que consistió en el fusilamiento y ejecución sumaria de trabajadores y dirigentes sociales y políticos de la época, como una manera de imponer el terror y aplacar cualquier intento de disenso frente a la asonada golpista.

Matanzas de Chihuío y Liquiñe

En 2003, el ministro en visita con dedicación exclusiva para causas de derechos humanos, Alejandro Solís, procesó a cuatro altos oficiales retirados del Ejército y a un civil por los episodios de Chihuío y Liquiñe en la precordillera de la Región de Los Lagos.

En la localidad de Chihuío, a unos 190 kilómetros al sureste de Valdivia y cerca de la frontera con Argentina, el 9 de octubre de 1973 fueron asesinados 17 campesinos por parte del personal de los regimientos Cazadores y Maturana de Valdivia, cuyos comandantes eran los coroneles Santiago Sinclair y Jerónimo Pantoja Hernández.

Los cuerpos de los 17 trabajadores fueron desenterrados por personal del Ejército a fines de 1978, los que permanecen desaparecidos. En 1990 se descubrieron tres fosas donde habían estado enterrados los campesinos, pero solo se encontraron pequeñas piezas óseas.

Asimismo, y un día después, el 10 de octubre de 1973, un operativo del Ejército y de Carabineros secuestró y dio muerte a 15 campesinos en Liquiñe. De acuerdo a testigos de la época, los trabajadores fueron ejecutados sobre el puente del río Toltén y sus cuerpos fueron lanzados al río.

En 2020, el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones de la Corte de Apelaciones de Temuco, Valdivia y Puerto Montt, Álvaro Mesa, procesó al general en retiro del Ejército, Santiago Sinclair. Esto por su responsabilidad en el delito de apremios ilegítimos a nueve prisioneros políticos.

En ilícitos perpetrados después del 11 de septiembre de 1973, se decretó arresto domiciliario en contra del proceso sindicado como autor de los tratos inhumanos, crueles y degradantes aplicados a: Sandor Arancibia Valenzuela, Juan Yilorm Martínez, Víctor Hormazábal Rozas, José Daniel Gallardo Saldivia, Rogers Delgado Sáez, Joel Asenjo Ramírez, Luis Díaz Bórquez, Uldaricio Manuel Figueroa Valdivia y Carlos Jaime Bahamondez Hormazábal, detenidos en la cárcel pública de Valdivia.

En la etapa de investigación, el ministro Mesa logró establecer que algunas de las víctimas eran hasta esa fecha funcionarios públicos o militaban en partidos políticos del gobierno del presidente Salvador Allende. A todos ellos, se les acusaba de un plan fantasioso de exterminio de los integrantes de las Fuerzas Armadas y de Orden, denominado como “Plan Z“.

Todos los detenidos en distintas fechas luego del 11 de septiembre de 1973, fueron conducidos a la Cárcel Pública de Valdivia por orden de la Fiscalía Militar existente. Asimismo, los detenidos eran llevados y traídos desde la cárcel al regimiento Cazadores por personal militar de la sección liderada por Patricio Kellet Oyarzún, siendo interrogados en la Fiscalía Militar y apremiados físicamente en dependencias del gimnasio antes y/o después de estos interrogatorios.

Sinclair Oyaneder también esta siendo procesado desde 2008, cuando el ministro Mario Carroza procesó a dos oficiales en retiro y uno activo por el secuestro y desaparición de cinco militantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR). Hechos ocurridos en 1987 a manos de agentes de la CNI y en colaboración del Ejército.

Santiago Sinclair fue procesado en calidad de coautor por el homicidio de Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete, Julio Muñoz Otárola, Julián Peña Maltés y Alejandro Pinochet Arenas.

Los frentistas fueron lanzados desde un helicóptero institucional al mar, previo a una reunión de coordinación en la que el vicecomandante en jefe del Ejército estuvo presente.

¿Quien es Santiago Sinclair Oyaneder?

Santiago Sinclair Oyaneder era el comandante del Regimiento Cazadores de Valdivia y participó en un simulacro de tribunal de guerra que habría sentenciado a penas de muerte a 12 trabajadores y obreros madereros por el asalto al reten Neltume, en la cual los trabajadores exigían a carabineros que cumplieran con el mandato constitucional de defender al presidente democráticamente elegido.

Nació el 29 de diciembre de 1927, en la ciudad de Santiago. A los 14 años, ingresó a la Escuela Militar del Libertador Bernardo O’Higgins, egresando en 1948, con el grado de Oficial.

Desde su egreso de la Escuela Militar, desarrolló una extensa carrera militar, asumiendo distintas funciones en el Ejército.

En 1967, se desempeñó como Observador Militar en el Canal de Suez, y en 1973 fue designado como Subdirector de la Academia de Guerra, siendo destinado como Comandante del Regimiento de Caballería Blindada N°2 de Cazadores en la ciudad de Valdivia.

Durante la dictadura del general Augusto Pinochet Ugarte, ejerció diversos cargos.

En 1975, fue Agregado Militar en Corea.

Dos años más tarde, en 1977, fue Director de Operaciones del Ejército y al año siguiente, designado Director de Personal. En el año 1979 asumió como Ministro Jefe del Estado Mayor Presidencial y en 1982, como Ministro Jefe COAP.

En 1983 fue designado Ministro de Estado en el cargo de Secretario General de la Presidencia, permaneciendo en el cargo hasta 1985, año en que asumió la Vicecomandancia en Jefe del Ejército.

El 30 de noviembre de 1988, como Vicecomandante en Jefe del Ejército, se incorporó como miembro titular a la Junta de Gobierno en representación del Comandante en Jefe del Ejército, cargo que ejercía Augusto Pinochet. Presidió la IV Comisión Legislativa. En 1989, se acogió a retiro.

A fines del régimen de Pinochet, el 19 de diciembre de 1989, es designado Senador por el Consejo de Seguridad Nacional, en su calidad de ex Vicecomandante en Jefe del Ejército, periodo 1990-1998.

Fuentes y Notas

Caso Caravana de la Muerte: Corte Suprema condena a cuatro militares (r) por homicidios en Valdivia. https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/94045

Caso Caravana de la Muerte: Corte Suprema condenó a cuatro militares (r) por 12 homicidios en Valdivia

https://www.cnnchile.com/pais/caravana-de-la-muerte-corte-suprema-condeno-cuatro-militares-homicidios-valdivia_20230616/

Quién es Santiago Sinclair, mano derecha de Pinochet y condenado a 18 años de presidio por el caso Caravana de la Muerte

https://www.cnnchile.com/pais/santiago-sinclair-caravana-de-la-muerte-dictadura_20230616/

Caravana de la Muerte: Condenan a ex general Sinclair y otros tres ex oficiales de Ejército por crímenes en Valdivia en 1973

https://resumen.cl/articulos/caravana-de-la-muerte-condenan-a-ex-general-sinclair-y-otros-tres-ex-oficiales-de-ejercito-por-crimenes-en-valdivia-en-1973

Santiago Sinclair Oyaneder, Reseñas biográficas parlamentarias

https://www.bcn.cl/historiapolitica/resenas_parlamentarias/wiki/Santiago_Sinclair_Oyaneder

Pagina web Memoria Viva

https://memoriaviva.com

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